Desde DCM Seguros nos hacemos eco de la noticia de Pyramid consulting sobre la problemática de las citas de ITV. Tráfico exige que se acredite cita para la revisión del vehículo solicitada con antelación a la fecha de expiración que figure en la tarjeta ITV.
La DGT ha tomado cartas en el asunto sobre los miles de ciudadanos que pueden recibir multas por circular con la ITV caducada. Las citas se están dando con tres y cuatro meses de retraso por el colapso en buena parte de las estaciones.
Tráfico ha ordenado que se archiven las multas a los ciudadanos que sean sancionados por circular con la ITV caducada. Sólo cuando estos puedan justificar documentalmente que pidieron cita para la inspección de su vehículo con antelación al límite de la fecha de caducidad.
La DGT aclara que ha dictado las siguientes instrucciones para los casos en los que la ITV haya vencido con posterioridad a la finalización del estado de alarma. También para aquellas provincias donde se haya acreditado que no es posible atender en plazo las solicitudes de cita para la revisión.
En el escrito del jefe de la unidad normativa de la DGT se reconoce que la medida se ordena ante el colapso que están sufriendo las estaciones en algunas comunidades autónomas. La capacidad de servicio por parte de las Estaciones varía de unas Comunidades Autónomas a otras. En algunas de ellas se producen retrasos de varias semanas para la obtención de cita ante el gran número de solicitudes de servicio.
Y la DGT también admite que toma esta decisión porque hay muchos conductores que no podrán tener una ITV en plazo. Se ha constatado que la importante demanda del servicio también va a afectar a muchos vehículos cuya ITV expira tras la finalización del estado de alarma. En algunos casos les resultará imposible la obtención de cita en una Estación en plazo.
El Automóvil, que supone el 11% del PIB, no cree que las ventas previas al Covid se recuperen antes de 2022 o incluso en 2023.
Desde DCM Seguros estamos al tanto de que las ventas en España del sector del Automóvil se desploman. los resultados de agosto (-10%), septiembre (-13%), octubre (-21%) y noviembre (-18%). Esto, a su vez, ha derivado en una caída en las ventas acumuladas del 35%.
Precisamente noviembre ha sido el primer mes completo en el que ha estado vigente el Plan Renove. Tenemos que añadir que, con el Black Friday, los precios se habían rebajado. Es preocupante que sólo se hayan utilizado el 14% de los fondos del Plan Renove, que vencen el 31 de diciembre.
Sería de esperar que se pudiera prorrogar al 2021. Tampoco ayuda que los trámites los tenga que hacer el comprador, con firma digital incluida. Esto sólo supone trabas y problemas para realizar la operación.
Sin embargo, nada de ello ha servido. La situación actual en el sector del Automóvil es preocupante. Un Sector que supone el 11 % de nuestro PIB y que da trabajo a miles de personas de manera directa e indirecta.
Desde luego que se pueden plantear medidas para mejorar la situación en el sector del Automóvil. Pero no ayuda las inminentes subidas previstas del impuesto de matriculación o de los impuestos a los seguros.
Refundar un Plan Renove donde no haya trabas burocráticas, congelar los impuestos anteriormente mencionados y hacer lo mismo con los vehículos eléctricos, pueden ser medidas que ayuden. De todas formas, el sector del Automóvil lo tiene complicado.
Desde el sector están preocupados.La recuperación podría retrasarse al 2022 y eso complicaría mucho la situación para el año que viene.
Esperemos que todo se normalice en los próximos meses y, tanto el sector del Automóvil como el resto de la economía de nuestro país, pueda remontar.
La empresa no puede obligar a trabajar mediante teletrabajo ni puede cambiar las condiciones del contrato laboral inicial.
Desde DCM SEGUROS somos conscientes de que durante estos últimos meses la palabra ‘teletrabajo’ ha adquirido un gran protagonismo a causa de la pandemia por el COVID-19. Esta expresión se ha puesto en boca de todos y se ha convertido en esencial para las empresas. En vista de los abusos de esta metodología de trabajo, el Gobierno español se ha visto obligado a elaborar una regulación específica (Real Decreto Ley 28/2020) que se ajuste a las nuevas necesidades y garantice los derechos y obligaciones de las partes.
De la mano de la abogada de ARAG, Sonia Sánchez, vamos a analizar las principales características de esta nueva legislación que, a largo plazo, cogerá aún más fuerza. Pero antes de entrar en la materia, cabe diferenciar los tres conceptos clave de esta normativa:
La normativa considera que una persona trabaja a distancia o teletrabaja de manera regular cuando preste, al menos, el 30% de la jornada durante un periodo de 3 meses de este modo. Es decir, si trabajas 40 horas semanales de lunes a viernes, se considerará teletrabajo si un día y medio se hace desde casa
Pero la legislación varía en el caso de los contratos a menores, de prácticas o convenios de formación. En este caso, sólo se considera trabajo a distancia si se garantiza como mínimo un 50% de la jornada presencial.
La jornada laboral se deberá reflejar igualmente en un sistema de registro horario obligatorio, señalando el inicio y el fin de la jornada sin perjuicio de la flexibilidad horaria.
Asimismo, el teletrabajo no es obligatorio y, por tanto, es reversible. Si un trabajador solicita trabajar de forma presencial, podrá volver a la situación anterior sin ser esto una causa justificada de despido o modificación de las condiciones de trabajo. Además, no se pueden variar las condiciones del contrato inicial (horarios, salarios, formación, etc.) por estar realizando la jornada a distancia.
Este acuerdo de trabajo a distancia debe constar por escrito y la empresa lo ha de trasladar al Servicio Público de Empleo. En el acuerdo deben aparecer un mínimo de puntos:
Una de las principales dudas durante el confinamiento, cuando se implantó de forma generalizada el teletrabajo, fueron los gastos relacionados con el equipamiento, las herramientas y los medios para desarrollar la actividad laboral. La ley es clara: el trabajador no puede asumir estos gastos y es la empresa quien debe sufragar o compensar los gastos y serán los convenios colectivos los que fijen los mecanismos para determinar, asumir y compensar estos gastos.
Otro punto que regula la nueva ley es la desconexión digital. Tal y como apuntan los expertos, es un derecho y la empresa debe garantizar la limitación del uso de los medios tecnológicos durante los periodos de descanso, así como el respeto a la duración máxima de la jornada.
Vía: ADNdelseguro
El funcionamiento de los préstamos ICO no difiere demasiado de los préstamos ‘tradicionales’ otorgados por los bancos. Sin embargo, a diferencia de estos, esta forma de financiación implica a tres partes:
El Instituto de Crédito Oficial es un banco público con forma jurídica de entidad pública empresarial adscrito al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa. Es, en resumidas cuentas, un sistema de mediación para que pymes, autónomos y empresas con sede social en España accedan a una serie de líneas de financiación con las que paliar su falta de liquidez y se solicitan directamente en las entidades financieras.

Si cumplimos los requisitos de solvencia económica que requiere la operación y la entidad financiera nos concede el crédito no podrán negar la concesión de dicho crédito por el mero hecho de no contratar un seguro.
Es decir, no existe obligación alguna de contratar ningún seguro en la solicitud de una línea de financiación ICO.
Si os vierais en esta situación tenéis dos opciones:
Para cualquier consulta o aclaración en Dcm Asesores de Seguros estamos encantados de resolverte cualquiera duda que pueda surgirte sobre este tema o cualquier otro.
Las clases de mediadores se clasifican básicamente en dos: agente de seguros y corredores de seguros.
Estas dos figuras son incompatibles entre sí y pueden ser personas físicas (agente de seguro o corredor de seguro) o sociedad (una agencia de seguro o una correduría de seguros) como es nuestro caso en Dcm Asesores de Seguros.
Nos centramos en las principales diferencias, con el objetivo de tener claro quién nos puede representar mejor los intereses de cada uno de nosotros a la hora de contratar una póliza de seguro.
Son muchas las diferencias, pero nos vamos a centrar en las que más nos puede interesar como consumidor a la hora de elegir entre uno y otro.
Por un lado, nos centramos en la independencia de uno frente al otro:
En cuanto a los requisitos para operar:
Contratar un seguro de vida es sin duda una decisión muy importante. Debemos estar bien informados a la hora de contratar cualquier seguro ya que existe gran variedad de seguros y es esencial conocer cuál de ellos es el que mejor se adapta a nuestras necesidades y a nuestra situación personal.
Por ello desde Dcm Seguros queremos ayudarte en esta tarea ofreciéndote algunas aspectos claves que debes conocer antes de contratar un seguro de vida.
No existe un momento ideal para contratar un seguro de vida. Normalmente, este tipo de productos suelen contratarse cuando hemos alcanzado cierta edad y disponemos de una familia a la que queremos proteger económicamente ante cualquier cosa que nos ocurra, así como un nivel de capital que no deseamos que se vea afectado ante imprevistos.
La situación de cada usuario es diferente por lo que el momento ideal para contratar un seguro de vida es diferente entre unos y otros.
No obstante cabe destacar que mientras más tardes contratemos un seguro de vida es probable que para aquel entonces nuestros bienes hayan aumentado, tanto en cantidad como en valor, y que por lo tanto nos urja mucho más protegerlos que antes.
Hay que tener claro que cuanto mayor es el nivel de capital que deseamos tener cubierto, mayor va a ser la indemnización del seguro. Es por esta razón que en base al nivel de capital del que dispongamos, y nuestras propias necesidades personales, hoy en día existen en el mercado una gran variedad de seguros de vida entre los que podremos escoger.
El seguro de vida más común de todos, es el de riesgo. Por medio de la contratación de este seguro, los beneficiarios tendrán una cobertura económica en caso de que el titular fallezca. Si esto llegase a ocurrir, el beneficiario recibirá una cantidad de dinero que se habrá pactado antes de la contratación del seguro.
Además, debemos saber que hay dos tipos diferentes de seguros de vida, los que son de modalidad entera y temporal. En el primer caso, si el titular del seguro fallece, se procederá al pago inmediato de la indemnización a sus beneficiarios. Por otro lado, si el seguro de vida es temporal, sólo se cubrirá el riesgo de muerte durante un periodo de tiempo determinado, y una vez finalice, el usuario dejará de estar asegurado y sus beneficiarios no obtendrán póliza alguna en caso de fallecimiento.
Uno de los seguros de vida que más popularidad está adquiriendo actualmente, son los seguros de vida de ahorro. Su funcionamiento es el siguiente: el titular se encontrara asegurado el resto de su vida, con lo que sus beneficiarios podrán recibir el capital aportado, y recibirá ciertos intereses pactados antes de la contratación si logra vivir hasta que la póliza se dé por terminada. Por supuesto, también existen ofertas de seguros de vida en los que se nos ofrecerán coberturas muy altas si el titular de la póliza fallece, o también si el titular llega a enfermar de manera que no puede continuar realizando su vida normal. E incluso existen ofertas de seguros que nos ofrecen fórmulas mixtas y personalizadas para que se ajusten de la mejor manera posible a nuestras necesidades y exigencias personales.
La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef) abrió el debate en julio: ¿son justas y eficientes las desgravaciones a los planes de pensiones? Para este organismo no. Suponen una carga excesiva para el Estado (1.643 millones de euros), benefician sobre todo a personas con rentas altas y habría que replantearse su existencia.
Los bancos y las aseguradoras, que controlan el mercado de planes de pensiones, ven la cuestión desde una óptica radicalmente opuesta, y ayer salieron en tromba a defender las bondades de los beneficios fiscales de los planes, durante la presentación de un informe sobre la materia elaborado por el Instituto de Estudios Económicos (IEE, una institución vinculada al mundo empresarial).
Para Gregorio Izquierdo, director general del IEE y encargado de presentar el estudio, los cálculos realizados por la Airef están incompletos porque no tienen en cuenta que las desgravaciones en planes de pensiones son simplemente "un diferimiento fiscal". El ahorrador paga menos impuestos al aportar a un plan, pero tienen que tributar cuando lo rescata. "En el largo plazo, el impacto fiscal es neutro", apunta Izquierdo.
Según los cálculos del estudio, cuando se tienen en cuenta lo que ingresa Hacienda cada año al tasar el rescate de los planes, se puede comprobar que el coste fiscal para el Estado es de tan solo 450 millones de euros (y no los 1.643 millones mecionados). Además, esta cantidad se va reduciendo cada año.
La propuesta de Airef contemplaba ir reduciendo las ventajas de los planes individuales de pensiones para incentivar más los planes de pensiones de empleo (que se promueven dentro de una empresa, para toda la plantilla, y se negocian entre el empresario y los sindicatos).
Bancos y aseguradoras defienden el reforzamiento de los planes de empleo, pero no a costa de reducir las ventajas de planes de pensiones individuales. Inverco, la asociación de las gestoras de fondos y planes de pensiones (y con una presencia mayoritaria de bancos entre sus socios) lleva años abogando para que la tributación de las pensiones privadas mejore.
Su presidente, Ángel Martínez Aldama, que ha estado presente en la presentación del estudio, defendióque "no se puede trasladar beneficios de un tercer pilar que funciona [como se conoce a las pensiones indivudales], a un segundo pilar [los planes de pensiones empresariales]".
Las gestoras defienden que se comience a aplicar un sistema semiobligatorio en los planes de empleo, como el de Reino Unido, que empuje a todas las empresas a tener que ofrecer a sus trabajadores este formato de ahorro. También creen que debería revisarse la forma en que tributan los planes indivudales. Ahora, todo el dinero que se va rescatandno computa como una renta del trabajo, y se aplica el tipo marginal del IRPF, que puede superar el 40%. Bancos y aseguradoras defienden que, el dinero que son rendimientos del propio plan, no debería considerarse salario, sino que tendría que tributar como una renta del capital (con marginales de entre el 19% y el 21%).
La presidenta de Unespa, Pilar González de Frutos, ha pedido no confundir el debate sobre la existencia de los incentivos fiscales al ahorro para la jubilación con el de su eficacia, no teniendo cabida el primero y requiriendo el segundo incrementar las medidas si no están funcionando como se esperaba, en lugar de eliminarlas.
Tanto De Frutos como Aldama han recordado que en todos los países de la OCDE hay algún tipo de incentivo fiscal para fomentar el ahorro a largo plazo, y quería contraproducente retirar los incentivos en España.
Según el director general del IEE, de los 37 países de la OCDE, España está entre los seis con peor tratamiento fiscal para los planes de pensiones y otros productos de ahorro previsión.
"Si nos hemos quedado cortos con los incentivos a planes de pensiones, entonces lo que tenemos que hacer es ser más ambiciosos, no menos. Un médico, cuando ve que su enfermo no responde al tratamiento debidamente, le aumenta la dosis, no le da el alta. Si ve que el tratamiento ha mejorado una función corporal pero no otras, buscará la manera de atacar lo que todavía está enfermo, pero no renunciará al tratamiento que se ha demostrado eficaz", ha apostillado De Frutos para rebatir el argumento de aquellos que defienden la eliminación de los beneficios fiscales al ahorro por ser ineficaces.
La situación sanitaria que atraviesa nuestro país desde la irrupción del coronavirus está llevando a muchos trabajadores autónomos a plantearse la contratación de un seguro médico privado.
Con casi total seguridad, la siguiente pregunta que se les viene a la mente a los trabajadores por cuenta propia es si podrían desgravarse este gasto. La respuesta es afirmativa, todos los autónomos, pymes y empresas en general que contraten un seguro de salud disfrutarán de ventajas fiscales.
Al poder desgravarse el seguro médico, el autónomo podrá ahorrar en su declaración de la renta o, en el caso de las empresas, en el impuesto de sociedades.
Si estás en régimen de estimación directa, la deducción de tu seguro de salud se corresponderá con la prima de tu seguro, la de tu cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan contigo y que no perciban ingresos por un importe superior al establecido en la ley hasta un máximo de 500 euros por cada uno. Este límite se amplía a 1.500 euros y un máximo de 4.500 euros por la suma de todos.
Según los cálculos realizados desde Saludsegur, oficina oficial de Adeslas, si percibes 20.000 euros en tu actividad económica y tienes contratado un seguro médico para ti, y tu familia, la deducción sería de 2.000 euros en la base imponible, por lo tanto el tipo impositivo del impuesto que se te aplica será el que se corresponda con el tramo de 18.000 euros a 20.000 euros.
En el caso de las pymes, el ahorro se imputaría al impuesto de sociedades, ya que podrán deducirse hasta la totalidad del gasto pagado por la organización en los seguros médicos de sus empleados como gasto social en el impuesto de sociedades.
Los expertos, no obstante, recuerdan que la regulación fiscal puede variar en algunas Comunidades Autónomas, y puede ser objeto de algunas reformas legislativas.
El presidente de Mapfre, Antonio Huertas, ha salido al paso de los análisis que indicaban que la pérdida del acuerdo de distribución con Bankia va a representar un duro golpe para la entidad. En un vídeo colgado en la red social LinkedIn, el ejecutivo se ha mostrado convencido de que recibirán una compensación económica "adecuada", y ha explicado que utilizarán ese dinero para buscar nuevas alianzas.
Mapfre y Bankia mantienen una relación que se remonta a 1998, cuando se aliaron la aseguradora con la extinta Caja Madrid (que luego se integró en Bankia). Ahora, con el proyecto de fusión con CaixaBank, esa alianza se tiene que romper porque la entidad catalana ya cuenta con un potente brazo asegurador.
El presidente de Bankia, José Ignacio Goirigolzarri, y el consejero delegado de CaixaBank, Gonzalo Gortázar, aseguraron la semana pasada que la operación de fusión generará una incompatibilidad en los seguros generales que habrá que resolver, adelantando que "no esperan un destino razonable diferente" al de que se concluya el acuerdo con Mapfre.
En este sentido, Huertas ha relatado cómo, "sin quererlo", la aseguradora se ha convertido en noticia estos días. "No lo hemos buscado, pero estamos saliendo en las páginas económicas de los medios porque Bankia va a ser absorbida por otra entidad y conllevará el fin de los acuerdos exclusivos con Mapfre".
En su habitual vídeo quincenal, Huertas ha asegurado que el fin de este acuerdo "no es nada relevante" desde el punto de vista del volumen de negocio, ya que apenas representa el 2% del total de sus ventas. "Seguiremos siendo el mayor grupo asegurador español en el mundo, con una gran diferencia sobre todos los demás", ha apostillado.
El presidente de Mapfre confía en utilizar la compensación económica que reciba para iniciar otros proyectos y alianzas que ayuden a seguir proyectando a Mapfre hacia el futuro.
El grupo asegurador cerró en 2019 un acuerdo con Banco Santander para vender en su red en España seguros de coches y pymes. Hace unos meses, lo extendió a la filial que Santander tiene en Portugal.